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La Ley de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) obliga a todas las personas, empresas y organismos que dispongan de datos de carácter personal registrados en soporte físico a cumplir unas medidas de seguridad en función del tipo de datos que po

La Ley de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) obliga a todas las personas, empresas y organismos que dispongan de datos de carácter personal registrados en soporte físico a cumplir unas medidas de seguridad en función del tipo de datos que posean, además de notificar a la Agencia de Protección de Datos de la existencia de dichos ficheros.

 

Los datos de carácter personal son cualquier listado/fichero que contenga: nombre, apellidos, teléfono, dirección, etc. (información ésta que prácticamente el 100% de las empresas disponen).

Ej.  “Una empresa (autónomo ó sociedad) con trabajadores a su cargo.”

      “Una empresa (autónomo ó sociedad) que haga factura a sus clientes.”

 

La Agencia de Protección de Datos tiene potestad para acceder a los locales donde se hallen instalados los ficheros con datos de carácter personal e inspeccionar los equipos físicos y lógicos utilizados para el tratamiento, solicitar la exhibición o el envío de documentos o datos y examinarlos, etc.

 

La no adaptación de la empresa a dicha Ley puede ocasionarle una sanción de hasta 60.000€. La cesión de datos sin consentimiento del afectado sancionará entre 300.000€ a 600.000€.

 

La Agencia de Protección de Datos ha empezado ha abrir expedientes de oficio por variaos ciudades españolas.

 

La implantación de la Ley consta de:

 

·          Recogida de datos.

·          Inscripción de ficheros en el registro.

·          Elaboración Documento de Seguridad.

·          Realización de contratos con terceros.

·          Plantillas autorizaciones (ficheros de nivel alto).

·          Formación en casa del cliente (de todos los empleados con acceso a datos).

·          Procedimiento especial de acceso, cancelación y oposición.

·          Preparación e instalación de carátula fax con texto legal personalizado por trabajador u ordenador.

·          Preparación e instalación de plantilla de e-mail con texto legal.

·          Recibo notificación trabajadores con acceso a datos personales.

·          Protección acceso a ficheros, de trabajadores y posibles accesos externos.

·          Altas usuarios y contraseñas en el servidor.

·          Alta usuarios y contraseñas en los ordenadores personales.

·          Verificar i/o modificar procedimiento de copias de seguridad.

·          Auditoría (obligatoria cada dos años para los ficheros de nivel medio y alto).

·          LSSICE (Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.